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Postura

En 1924 la ICR articulo su postura acerca del favor general de Dios para toda criatura. Este favor común es referido como “gracia común” para distinguirlo de la “gracia especial (salvífica) de Dios”. La esencia de esta postura está contenida en los siguientes puntos:

  • Además de la gracia salvífica de Dios, demostrada solamente a aquellos quienes son electos a vida eterna, hay también un cierto favor, o gracia, de Dios, demostrado a sus criaturas en general.
  • Desde la caída, la vida humana en la sociedad permanece posible porque Dios, a través de su espíritu, refrena el poder del pecado.
  • Dios, sin renovar el corazón, influye a los seres humanos que, aunque son incapaces de hacer cualquier bien que salva, son capaces de hacer un bien civil.

Historia

Estos tres puntos acerca de la gracia común fueron adoptados por la ICR en 1924. Controversia sobre este tema llevó a la formación de la Iglesia Reformada Protestante en 1924. En 1959, cuando se les pidió que hieran a un lado esos puntos por un grupo de esa denominación que deseaban unirse a la ICR (el grupo De Wolf), sínodo rehusó. Estos puntos, por lo tanto, aún se mantienen como la postura de la ICR. Sínodo 1924 también advirtió en contra de un sobre énfasis de la doctrina de la gracia común, decidiendo que era había más peligro de conformidad al mundo que huir del mundo.

Referencias a Las Agendas y Actas del Sínodo

Acts of Synod 1924, pp. 113-50
Acts of Synod 1926, pp. 108-31
Acts of Synod 1959, pp. 23, 110-16, 417-24
Acts of Synod 1960, pp. 113-15
Acts of Synod 1961, pp. 68-70, 561